El Gobierno aprueba el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local

 

Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local

Los entes locales podrán destinar un 20% a gasto corriente destinado la prestación de servicios educativos y sociales, principalmente la atención a personas en situación de dependencia
El Consejo de Ministros aprobó el 23 de octubre el Real Decreto-Ley por el que se crea el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, que se enmarca dentro del conjunto de medidas del Gobierno dirigidas a impulsar la recuperación económica y la creación de empleo, así como para encauzar el modelo económico español hacia un patrón de mayor sostenibilidad.
El nuevo Fondo, dotado con 5.000 millones de euros y que gestionará el Ministerio de Política Territorial, financiará inversiones de ejecución inmediata por parte de las corporaciones locales, prioritariamente proyectos de desarrollo sostenible en sus vertientes medioambiental y de apoyo a la innovación económica y social.
Otra de las principales novedades es la financiación de los gastos corrientes que ocasione la prestación de los servicios sociales de competencia municipal, principalmente en educación y atención a las personas en situación de dependencia. A este fin, las corporaciones locales podrán destinar hasta un 20% del importe del nuevo Fondo.
Una vez entre en vigor el Real Decreto-Ley, las corporaciones locales tendrán tres meses para presentar los proyectos, que, al igual que con el vigente Fondo Estatal de Inversión Local (FEIL), deberán ser de nueva planificación. De este modo, las obras podrán comenzar a ejecutarse a partir del 1 de enero de 2010. El criterio de distribución del Fondo entre los distintos entes locales es el de la población.
El contenido del nuevo Fondo es el resultado de un amplio proceso de diálogo abierto por el Ministerio de Política Territorial con los distintos agentes políticos, económicos y sociales, en particular la Federación Española de Municipios y Provincias, los grupos parlamentarios y las organizaciones sindicales y empresariales, así como con el sector de la banca y las cajas de ahorros.

TIPOS DE PROYECTOS
Los proyectos que se podrán financiar con cargo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local se englobarán en las siguientes líneas:
Sostenibilidad económica: parques empresariales, científicos y tecnológicos; infraestructuras de innovación y desarrollo tecnológico; despliegue y acceso a las redes de telecomunicaciones de nueva generación, etc.
Sostenibilidad ambiental: ahorro y eficiencia energética y de recursos hídricos; accesibilidad y uso de energías renovables; movilidad urbana sostenible; refuerzo de medios de transporte menos contaminantes.
Sostenibilidad social: centros de servicios sociales, sanitarios, culturales y deportivos; gasto corriente destinado a servicios sociales, principalmente educación y atención a personas en situación de dependencia.
No obstante, los municipios con una población inferior a los 2.000 habitantes gozarán de un mayor margen a la hora de determinar la tipología de proyectos, para facilitar el completo desarrollo del Fondo en las localidades más pequeñas.

NOVEDADES DEL NUEVO FONDO
El nuevo Fondo incorpora distintas mejoras con respecto al plan vigente. Así, en relación con el empleo, se mantiene la exigencia de que los nuevos contratos se realicen a trabajadores inscritos como demandantes de empleo, con la novedad de que se dará prioridad a los parados de larga duración (más de 12 meses registrados).
Las actuaciones, que podrán ser presentadas tanto por los ayuntamientos como por agrupaciones o mancomunidades de municipios, no podrán superar los 5 millones de euros. No podrán financiarse obras que hayan recibido ayudas de otras administraciones, salvo aquéllas que sean una segunda fase de proyectos apoyados por el Fondo vigente.
El Real Decreto-Ley incluye también entre sus novedades la posibilidad de destinar hasta un 20% de los recursos al equipamiento de los edificios o instalaciones financiados con cargo al Fondo, que también cubrirá los contratos de redacción del proyecto y de dirección de las obras. De igual modo, se establece la posibilidad de adquisición de equipos y sistemas de información y telecomunicaciones, así como los programas necesarios para su funcionamiento. Además, un 0,2% del total del fondo se podrá destinar a gastos de gestión. También se ha establecido la reutilización de los carteles anunciadores de las obras del FEIL.

PROCEDIMIENTO
En cuanto a los mecanismos de gestión, se incrementa el importe de los anticipos que se transfieren a los ayuntamientos una vez aprobados los proyectos, que alcanzarán el 85% de su coste total, en lugar del 70% que establece el FEIL. El 15% restante se abonará una vez finalizadas las obras. Como con el Fondo actual, todos los trámites podrán realizarse por vía íntegramente telemática a través de internet.
Para el seguimiento de la ejecución de los proyectos, se crearán comisiones informativas en cada comunidad autónoma, con representantes del Gobierno, las organizaciones sindicales y empresariales y las corporaciones locales. Estos organismos podrán también constituirse en el ámbito provincial.
La Federación Española de Municipios y Provincias ha elaborado una guía que permite obtener, de una manera rápida y eficaz, la información relativa a la aplicación del Fondo.
http://www.femp.es/descargas/guia_uso_feels.pdf
También ha sido habilitada una dirección de correo electrónico, fondomunicipal@femp.es, donde pueden remitirse todas aquellas consultas sobre el Fondo Estatal de Inversión Local.

 


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